* ¿Qué se dijo en el debate parlamentario sobre el informe de la Comisión Mixta?

Como anteriormente escribí un artículo señalando cuáles eran los artículos específicos que nos perjudicarían y la forma en como se modificaron en la Comisión Mixta, decidí grabar la sesión y analizar las intervenciones de los Honorables para darme cuenta cuán informados estaban en el tema.

Aquí los dejo con las palabras de cada uno:

Enrique Jaramillo (PPD)
Enrique Jaramillo
- Señala que al igual que hace un mes, mantiene sus aprensiones sobre el sistema sancionatorio y las medidas precautorias que pueden ser tomadas directamente por los ISP.
- Rechaza el sistema basado en jueces que no cuentan con los conocimientos técnicos del “ciberespacio”
- Señala que le parece “inadecuado” que se pueda suspender la conexión a acceso a internet a quienes suban o bajan archivos de internet.
- Señala que debe ser un juez mediante sentencia quien se manifieste contra condena en este tipo
-Señala que el bloqueo o bajada de una página constituye una ABIERTA CENSURA a la libertad de opinión lo cual se permite según los artículos 85 T y 85 Q.
- Señala que a sanción no puede constituir sanción al acceso a internet y constituye que los ISP sean juez y parte.
- Señala que la propuesta de la comisión mixta no logra corregir los defectos que criticó en su tramitación y le da fuerza a mantener el rechazo pues cree estar en la defensa de los consumidores del servicio en internet.
En consecuencia manifiesta su VOTO DE RECHAZO.

Opinión: Se notó su desinformación respecto a las modificaciones realizadas en la comisión mixta, pues el corte de conexión se establecía efectivamente en el artículo 85 R letra a), sin embargo dicha comisión eliminó aquello. Más allá de ello me parece muy rescatable que apunte un problema no menor que es el del analfabetismo digital de los jueces, (y dicho sea de paso, de la sociedad) quienes actualmente no tienen los conocimientos suficientes para resolver temas relativos a informática y tecnologías (y que se ha visto demostrado en los fallos relativos a la ley que tipifica los delitos informáticos) lo cual no es menor pues finalmente serán ellos quienes deberán aplicar la ley, ley en la que se le concedían amplísimas facultades sacionatorias que debería aplicar a discreción. Y es aquello un gran problema pues, si bien suena muy adecuado y acorde al estado de derecho establecer que será un tribunal quien decida la aplicación de medidas como bloqueo de sitios incluso como medida prejudicial, si estos jueces no son lo suficientemente competentes aquello se convierte en una garantía inútil.

Darío Paya (UDI)
Dario Paya
-Señala que el rol que juega internet en la sociedad es equivalente a lo que hace 20 o 30 años estaba garantizado como derecho de opinión, reunión e información, garantías esenciales de la sociedad democrática.
- Denuncia que en esta ley se permite privar el ejercicio de los derechos anteriormente señalados sin que tribunal notifique al demandado y se exija garantía al denunciante por acto en la práctica administrativo en que usa “como buzón a los tribunales” lo cual repele a la conciencia democrática y repite que es una norma NAZI.
- Crítica que como medida prejudicial se pueda decretar sin necesidad de notificación previa al supuesto infractor, sin necesidad de rendir caución a menos que el juez lo diga, el corte de servicio de internet, señalando que son insuficientes las modificaciones que la Comisión Mixta.
- Señala que la norma es contraria a las normas más básicas del Estado de derecho y la convivencia democrática y que la LPI es una norma fanática y desequilibrada y llama a votar en contra.
En consecuencia llama a VOTAR EN CONTRA
´
Opinión Lejos el Diputado más vehemente y populista por lo cual se lució otra vez con su retórica. Se mandó otra frase para el bronce al señalar que “los tribunales no son buzones” y volvió a tildar de nazi la norma, pero esta vez le agregó que era “fanática y desiquilibrada”. También se notó su desinformación sobre algunas de las modificaciones de la Comisión Mixta en la misma materia que el Diputado Jaramillo (también creía que aún se establecía el corte de conexión a internet) sin embargo, conocía las modificaciones realizadas al artículo 85Q que criticó duramente. Aunque no comparto las expresiones utilizadas, considero que tiene mucha razón sobre el desequilibrio que establece esta norma entre creadores y consumidores

Gonzalo Arenas (UDI)
Gonzalo Arenas
-Señala que a su juicio hay norma más grave que el 85 Q, la cual es aquella de inciso segundo del artículo 85 T que permite bloquear páginas y cortar contenidos sin siquiera haber existido orden judicial previa, ya que cualquier interesado puede ir directamente al ISP para pedir que corte el acceso a la página web y que baje contenido por 48 horas antes de recurrir al tribunal, tribunal que debe resolver el corte sin siquiera llamar a audiencia al afectado lo cual para él es un atentado grave al libre tráfico de internet
-Señala que no es piratea quien no realiza acción comercial al compartir información por la red, lo cual es permitido por la tecnología e internet.
-Señala que nadie quiere vulnerar los derechos de los autores, que ellos ya tienen su procedimiento judicial, pero no ve por el motivo para bloquear páginas y censurar contenido, por lo que llama a rechazar el informe de la comisión mixta.

Opinión: Lejos el Diputado más informado de todos. Aunque en ocasiones anteriores se mandó un par de guatazos, como señalar que la ley permitía cortar internet a quienes descargaran y trató de sacar provecho político de esta situación, en esta intervención no cometió errores y fue conciso y consistente en sus argumentos basándo su crítica principalmente en el artículo 85 T inc 2°, el cual, por cierto, rechazó en la Comisión Mixta.

Diputado Gonzalo Duarte (DC)
Gonzalo Duarte
-Crítica a Darío Paya por calificar como fascista el trabajo de la Comisión Mixta y señala que se siente tentado a decirle “con que ropa”
- Señala que constituye una forma de desinformar sacar frases de contexto y una mala práctica legislativa, pues dice que los artículos citados por los Diputados están en el capítulo tercero llamado “limitación de responsabilidad de los prestadores de servicios de internet” y lo que se está haciendo con esta norma es delimitar cuándo los ISP tienen responsabilidad por los contenidos que pueden llegar a violar la propiedad privada.
-Señala que están buscando un camino a través del cual puedan establecer un procedimiento que “evite judicializar materias que son hoy día son materia de controversia jurídica” (¿??)
- Señala que el 85 Q establece que juez mediante una presentación pueda determinar un procedimiento expedito para “evitar la judicialización” y que para eso se establecen limitaciones, como la facultad al juez para calificar si se debe o no rendir caución y será el tribunal quien deberá determinar si se debe bloquear o no el sitio.
- Señala que la Camara tiene la obligación jurídica y política de dar viabilidad a los acuerdos internacionales que están suscritos y que no se puede pretender escribir algo con la mano y luego borrarlo con el codo.
POR LO TANTO: VOTA EN CONTRA

Opinión La verdad es que quedé bien pillo con algunos de sus términos utilizados, pues aún no entiendo qué quiso decir con que la ley pretende “evitar judicializar materias que son hoy en día materias que son de controversia jurídica” y si alguien lo entiende me gustaría que me lo explicara. A su vez encontré un tanto absurdo defenderse señalando el capítulo en el cual estaban ubicados los artículos”, pues, incluso ubicándolos en su contexto el sentido no cambia en nada y son susceptibles de las mismas críticas. Finalmente quiero señalar que este Diputado fue parte de la comisión mixta y en ella mandó un “Fail” olímpico al confundir a los ISP con los dueños de las páginas web , lo cual, aparte de vergonzoso, me parece muy curioso, pues por si no sabían, este mismo diputado impulsó el año pasado un proyecto de ley que obligaba a impartir al menos un semestre de “Ciencia y Tecnología”, en escuelas de periodismo para detener el analfabetismo digital de los periodistas. Así que luego de leer sus deplorables comentarios en la Comisión mixta y su intervención en la Cámara, uno se queda con ganas de parafrasear sus mismas palabras para decirle “Honorable: ¿con qué ropa?”

Ministra de Cultura: Paulina Urrutia
Paulina Urrutia
-Señala que estamos a punto de dar un paso verdaderamente significativo y que nos va a honrar y dejar como el único país en Latinoamérica capaz de hacer la más grande modificación legislativa a una ley que tiene más de 39 años y que está anacrónica respecto “a la protección y al acceso de la ciudadanía a la creación de la humanidad”
- Señala que Han sido capaces de llegar a acuerdos tan contundentes que han permitido aprobar mayoritariamente casi el 98 % de la ley.
-Señala que han sido objeto de campaña respecto al 85 T, al cual se llegó a un acuerdo seriamente y en conciencia de 6 contra 2 votos. Señala que dicho artículo permite frente a supuestas infracciones al “servidor, al prestador de servicios por internet “(sic) con previa notificación y autorización del “proveedor de contenidos “ bajar un contenido temporalmente máximo 48 horas y si el titular de derecho no presenta requerimiento judicial está obligado a poner de nuevo el contenido en la red.
-Señala que es un acuerdo ejemplar del cual hay que sentirse orgullosos porque es un tema delicado cuando hay que cumplir con los TLC y debemos ser respetuosos de normativa interna, en el sentido que ningún contenido va a ser bajado de la red, de acceso de todos nosotros sino es por medida judicial y pide votar en conciencia de acuerdo que hemos llegado mayoritariamente y que nos permite estar en regla con todo lo que nos hemos propuesto.
- Señala que esta es una legislación equilibrada en materia de protección de derecho de autor y garantizar el acceso a la ciudadanía a estos bienes
-Aclarar que la rendición de caución lo va a determinar el juez, ahora el juez puede determinar si se debe o no rendir caución.
-Se ha hablado que ley no va a permitir acceder o vamos a estar al arbitrio de aquellos nos puedan meter a la cárcel esta fuera de la ley. Cualquiera que baje contenido para uso personal no tiene ninguna pena y no se va a ir preso por esta ley y pide por favor que voten aprobando este acuerdo que es un ejemplo más de los concesos a que hemos llegado mayoritariamente con esta ley y que significará un ejemplo a nivel mundial.

Opinión Sobre su discurso, también se mostró desinformada (prefiero pensar eso a que estaba mintiendo) y no sólo mezcló conceptos sino que señaló que en artículo 85 T se pueden bajar contenidos con AUTORIZACIÓN del proveedor del contenido (quien lo subió) lo cual es FALSO, pues el ISP tiene la obligación de bajar el contenido ante el reclamo del afectado y de comunicarle la medida, pero nunca debe pedir su autorización para hacerlo.
En fin, creo que una ley cuyo en la cual se mezclan y confunden conceptos como “hosting” o “isp” en su articulado, que establece un espectro punitivo ENORME (en que gracias a su artículo 78 “todo es delito” a contario del principio del derecho privado en que se peude hacer todo lo que no está prohibido y que contraría profundamente principios básicos del derecho penal, pues éste debe ser subsidiario y de última ratio) que establece la censura y bloqueo de sitios como medidas prejudiciales (homologándose con las sanciones) e incluso ante reclamos administrativos, sin posibilidad de defenderse a los administradores y usuarios de los sitios que no son ni serán parte del juicio y sin embargo se verán involucrados y cuyo perjuicio NUNCA ha sido considerado por nadie, no es para nada una ley que puede ser considerada un ejemplo. Y si consideramos el historial de este proyecto de ley, que NO NACIÓ para proteger a los artistas y creadores, sino que para cumplir los estándares impuestos por el TLC con EE UU (lo cual aparece claramente en su mensaje) y que partió con un acuerdo secreto entre el Gobierno y la SCD que excluía completamente a otros actores interesados, y que entre otras medidas se pensaba establecer un canon digital por cada CD vírgen que uno comprara y en el que no se establecían excepciones de usos justos, dejando a los usos académicos de material con copyright dentro de las actividades consideradas delictuales y que poseriormente intentó hacer “pasar piola” sanciones tales como cortes de conexión y establecer facultades fiscalizadoras a los ISP, sinceramente no veo motivos para los cuales sentirnos orgullosos.

Saludos
(No_Existe)
*Las fotos de los Diputados fueron extraídas de Camara.cl
* La foto de la Ministra fue extraída de Davidnoticias.cl

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